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03 agosto 2009

Capacitación, seguridad y como cumplir

La Ley Federal del Trabajo obliga al patrón a capacitar a sus trabajadores, estas obligaciones se pueden explicar de la siguiente manera:

OBLIGACIONES DEL PATRÓN

l Constitución de la comisión mixta de capacitación y adiestramiento

Fracc. XXVIII.- Participar en la integración y funcionamiento de las comisiones que deban formarse en cada centro de trabajo, de acuerdo con lo establecido por esta ley.

Artículo 153-I.- En cada empresa se constituirán Comisiones Mixtas de Capacitación y Adiestramiento, integradas por igual número de representantes de los trabajadores y del patrón.

Art. 1 Fracc. IV ACUERDO.- Las empresas deberán mantener en sus registros internos la información requerida por la Secretaría, respecto a la integración de las comisiones mixtas (Formato DC-1, Bases Generales y minutas de las reuniones).

l Presentación del plan de capacitación

Art. 2 Fracc. II ACUERDO

1. Deberán responder a todos los puestos y niveles de trabajo existentes en la empresa.

2. Pueden formularse en 3 modalidades: Específicos, comunes por un grupo de empresas o por Sistemas Generales, para una rama de actividad económica determinada.

3. Deberán referirse a períodos no mayores de 4 años.

4. Plazos de presentación del Formato DC-2: Con contrato colectivo: 15 días siguientes de la celebración, revisión o prórroga del mismo. Sin contrato colectivo: 60 días de los años impares.

l Expedición de constancias

Artículo 153-T LFT Los trabajadores que hayan sido aprobados en los exámenes de capacitación y adiestramiento, tendrán derecho a que la entidad instructora les expida las constancias respectivas, autentificadas por la Comisión Mixta de Capacitación y Adiestramiento de la empresa.

Art. 3 Fracc. II- C ACUERDO Deberán entregarse a los trabajadores dentro de los veinte días hábiles siguientes al termino de cada uno de los cursos de capacitación que se lleven a cabo en la empresa.

l Presentación del listado de constancias expedidas

Artículo 153-V LFT Las empresas están obligadas a enviar a la STPS para su registro y control, listas de las constancias que se hayan expedido a sus trabajadores.

Art. 3 Fracc. III ACUERDO Plazo: 20 días hábiles posteriores al término de cada año.

PARA DESCARGAR LOS FORMATOS VIGENTES A PARTIR DE NOVIEMBRE 2009 DAR CLICK AQUI Recuerden que el formato DC2B solo se usa en los casos que el mismo formato señala, practicamente todas las empresas usan el DC2

En materia de Seguridad e Higiene las empresas deberán capacitar en:

· Prevención y combate de incendios.

· Primeros auxilios.

· Evacuación.

· Señales y avisos de seguridad.

El patrón deberá analizar las 39 Normas Oficiales Mexicanas en la materia, para determinar el riesgo al cual pudieran estar expuestos los trabajadores y así capacitar en lo que les aplique.

Además, deberán requisitar los formatos:

· N020 referente a los Recipientes Sujetos a Presión. Cuando aplique.

· Reporte de Accidentes de Trabajo el cual se presenta dentro de las 72 horas después de ocurrido el mismo (Forma CM-2A) y cuando concluya el tratamiento o incapacidad se presenta dentro de las próximas 72 horas la Forma CM-2B.

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